IETU, DOBLE TRIBUTACIÓN A TRASNACIONALES

Por Daniel Ángel

Tijuana, B.C., 12 de febrero 2010, T.P.- Cuando el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) se estableció, las empresas trasnacionales podían acreditar este pago como el equivalente al Impuesto Sobre la Renta (ISR) en sus países, ahora con el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya no podrán e internacionalmente se verá como doble tributación, una aquí y otra en su país de origen.

Esto lo dijo el Presidente del Colegio de Contadores Públicos de Baja California, Juan Manuel Hernández Brito, y recordó que “toda carga tributaria , de movimiento en alza de impuestos, obviamente se traslada a lo que viene siendo el último consumidor”.

” El Banco de México en su último reporte que sacó de la inflación, que estamos hablando del 4%, estableció que uno de los factores que han incidido en el detonante de la inflación ha sido precisamente la materia impositiva”, agregó.

De acuerdo a diccionarios de economía en línea, la inflación es: “un aumento generalizado y sostenido del nivel general de precios”.

Hernández Brito señaló que la inflaciónm estimada puede bajar en los siguientes meses si hay una recuperación de la economía de Estados Unidos, pero si no hay acciones para esto podría terminar el año con ese indicador.

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